viernes, noviembre 22

Irregular, construcción de elevador en el Palacio Municipal de Poza Rica

La obra de un millón de pesos viola la Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA3-2013 y el artículo 9 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Édgar Escamilla

Poza Rica, Ver.- Proyectada con una inversión de un millón cuatro mil pesos, la obra de construcción de un elevador en Palacio Municipal viola la normatividad mexicana al contar con una puerta de acceso de 70 centímetros, lo que dificultará su uso para personas en sillas de ruedas.

De acuerdo con lo establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA3-2013, que establece las características arquitectónicas para facilitar el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad, el ancho mínimo de la puerta debe ser de 0.90 metros libres.

En una revisión presencial y con ayuda de un flexómetro, la puerta del elevador construido por la contratista Diana Loyo Mejía para la administración del alcalde Francisco Javier Velázquez Vallejo, tiene un ancho de 0.70 metros; 20 centímetros por debajo de lo establecido en la Norma.

Cabe aclarar que dicha Norma regula la construcción de los elevadores en establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud, es el único referente en relación a elevadores para personas con discapacidad, por lo cual debería ser aplicable a un espacio público como lo es el Palacio Municipal.

Otra Norma aplicable es la NOM-053-SCFI-2017, Elevadores eléctricos de tracción para pasajeros y carga-Especificaciones de seguridad y métodos de prueba para equipos nuevos, la cual no incluye regulación para elevadores acondicionados para personas con discapacidad, clasificándolos únicamente para pasajeros y carga.

Dicha regulación establece accesos de emergencia con medidas mínimas de 1.80 metros por 0.70 metros, pero no especifica el ancho mínimo para los accesos principales.

Fuente: «Una CIudad para Todos». Sonia Verswyvel, 2008.

El manual “Una ciudad para todos”, de la autora Sonia Verswyvel, recomienda medidas básicas para la construcción accesible, reafirma el ancho mínimo recomendado por la Norma Oficial Mexicana, de 0.90 metros para permitir el paso de sillas de ruedas.

Este mismo documento establece que el ancho estándar de una silla de ruedas para adulto es de 0.65 metros, por lo que la puerta del elevador construido por la administración municipal tendrá un márgen de 0.05 metros para permitir el paso.

Históricamente el edificio sede del Ayuntamiento ha violado el derecho a la accesibilidad para personas con discapacidad, hasta que las autoridades construyeron una rampa de acceso, que no solucionó los problemas, pues se dificultaba que las personas en muletas, en sillas de ruedas, que caminan con andaderas o adultos mayores, subieran al primer piso y planta alta.

Durante el primer año de la actual administración, el regidor comisionado en salud, Fausto Jaimit Cabrera Dávila, propuso la construcción de un elevador adosado al Palacio Municipal para eliminar las barreras de accesibilidad y cumplir así con la recomendación del artículo 9 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Aunque aún no está concluida la obra, ya al cierre del segundo año de la administración, el ancho de la puerta continuará siendo un obstáculo para las personas en sillas de ruedas que quieran hacer uso del elevador.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.