Infieles no deben pagar por daño moral
Este 14 de febrero, Día del Amor y la Amistad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación recordó que la infidelidad no es motivo para que una persona exija a su pareja la reparación del daño por haber cometido adulterio durante el matrimonio.
Para demostrar lo anterior, citó una resolución emitida en 2018 para un juicio de amparo promovido por una mujer luego de que su exesposo le exigió un pago por daño moral tras comprobar que había procreado una hija que no era de él durante el matrimonio.
La infidelidad en el matrimonio es un aspecto privado de la vida en pareja y no es motivo para pedir una reparación por daño moral. Se protege el libre desarrollo de la personalidad y la libertad sexual: #SCJN 🟢 ADR 183/2017 🔗 https://t.co/s6gWa3dLpT pic.twitter.com/YhvdBUFtPF— Suprema Cor...