viernes, noviembre 22

¿Te has preguntado si las deudas se heredan, si pueden seguir cobrándote?

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) señala que normalmente las deudas de la persona fallecida se pagan por medio de un seguro y, generalmente, los familiares no están obligados a pagar las deudas del finado, pero existen algunas excepciones. Es importante que las conozcas para que no pongas en riesgo tus finanzas, pon mucha atención.

Algunos productos financieros cuentan con un seguro de vida, como en el caso de las hipotecas o tarjetas de crédito, este tipo de seguro cubre la deuda cuando el titular fallece, pero no olvides que en el caso de las tarjetas de crédito no es válido si se tiene más de tres meses de atraso, o si haces uso de ella días posteriores al fallecimiento.

Eres responsable de pagar la deuda si:

  • Confirmaste la obligación.
  • Eres la albacea (persona nombrada en un testamento responsable de liquidar la deuda).
  • Eres obligado solidario, es decir, firmaste como aval o fiador.
  • Eres el cónyuge de la persona fallecida.
  • Eres responsable legalmente de liquidar la herencia del finado y no cumpliste con ciertas leyes aplicables.
  • Si no hay testamento, un tribunal puede nombrar a un administrador.

¡OJO! Las deudas de tarjetas departamentales o personales siguen generando intereses.

Es bueno que alguien de confianza sepa dónde están tus documentos importantes, para que en caso de fallecimiento, ubique las pólizas de seguros, testamento o contratos de adhesión sin problemas.

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